EL PELIGRO Y EL RIESGO
El trabajo
El
trabajo puede ser definido como la realización de determinadas tareas en una
ocupación concreta, sujeta a remuneración.
El
concepto de trabajo socialmente ha ido evolucionando constantemente a lo largo
del tiempo. Inicialmente solo se consideraba trabajo a la actividad física, más adelante se distinguió
el trabajo manual y trabajo intelectual.
La
revolución industrial introdujo las maquinas en los procesos productivos, lo
que hizo necesario que los trabajadores se adecuaran a las exigencias de las máquinas
para aumentar su productividad.
La
modalidad de trabajo ha cambiado por nuevas reformas de estructuras de
organización, con demanda de conocimientos técnicos y profesionales, que
liberan al hombre de las tareas más pesadas y rutinarias, debido al desempeño
descentralizado en una determinada materia; ejemplo un técnico puede ser
reemplazado por otro técnico para el mantenimiento de una máquina, además a
ello se suma la especialización del trabajador.
El peligro
Toda propiedad
potencialmente dañina, que está dentro de su cualidad producir riesgo. Capaz de
producir efectos adversos que alteran el orden normal.
Las condiciones de trabajo
La constante e
innovadora mecanización del trabajo, los cambios de ritmo, de producción, los
horarios, las tecnologías, aptitudes personales, etc., generan una serie de
condiciones que pueden afectar a la salud, son las denominadas Condiciones de
trabajo, a las que podemos definir como «el conjunto de variables que definen
la realización de una tarea en un entorno determinando la salud del trabajador
en función de tres variables: física, psicológica y social»
Riesgo
Situación o acto en la que exista alguna posibilidad de un
determinado daño, como consecuencia de un evento identificado como peligro
Los riesgos laborales se
diferencian por la gravedad del resultado del peligro, este supone tiempo y
daño a la persona o grupo de personas, materiales o medioambiente.
El riesgo laboral
El
riesgo ha existido siempre y se ha contemplado durante siglos como algo
inherente a la actividad y al hecho mismo del trabajo. En consecuencia el
riesgo laboral previa a la actualidad,
se considera como inevitable y consustancial a la propia actividad laboral,
aceptándose resignadamente la aparición
de manifestaciones morbosas o la producción de accidentes, como un hecho inevitable
y hasta natural.
Sim
embargo el avance en la prevención de riesgos laborales avanza progresivamente
· Conocimiento: Los avances en el conocimiento de los
riesgos realmente existentes, especialmente en el aspecto de identificación de la
peligrosidad de determinados agentes, este proceso es aplicable en el ámbito de
las enfermedades profesionales, más que al de los accidentes
· Protección: Los avances en el conocimiento de los
medios de protección frente al riesgo laboral, que permitan reducir este en la
actividad laboral.
Estas
dos tendencias van a determinar que, por una parte se conozca e identifique el
riesgo existente en la actividad laboral y , por otra una acción que
permita su eliminación o al menos su
reducción a términos aceptables o tolerables.
De la evitalidad a la
exigencia de la evitación
El
riesgo laboral no es evitable, sino que es perfectamente posible evitarlo al
menos en un grado que lo haga admisible para el sentimiento social imperante en
cada momento.
Este
cambio determina que pueda iniciarse una acción de prevención de los riesgos
existentes. El salto cualitativo inmediato va ser el que supone que esa acción
mas o menos voluntaria o convenida por empleadores y trabajadores, pasa a ser
obligatoria.
Es
la sociedad misma la que a través de las normas legales que recogen esa
sensibilidad social, impone la existencia de una actividad concreta y eficaz de
prevención de riesgos laborales.
En
la misma línea no puede ocultarse el interés social en reducir los importantes
gastos que a nivel colectivo genera la
siniestralidad y morbilidad laboral.
Evolución probable
El
progreso en la prevención laboral se manifiesta
en los tiempos actuales como un salto hacia nuevas fronteras. La prevención no
trata solamente de defender al trabajador frente a las amenazas del riesgo
laboral, sino que trata de inculcar un resultado positivo de promoción de su
salud e integridad en su desarrollo social, familiar y personal.
Convergencias y
aproximaciones
La
preocupación por la seguridad y la salud
de los trabajadores es una tendencia reciente y pujante que coincide con otras
de parecido corte que también suponen un cierto enriquecimiento de la
sensibilidad moral y social del hombre actual. Sin proyectarse sobre la misma
realidad ni perseguir unos mismos fines, estas preocupaciones participan de una
misma idea de perfeccionamiento de la vida social.
Como
las restantes preocupaciones de la colectividad, preocupación por la seguridad
y salud tiende a manifestarse a través de la creación de normas jurídicas.
Son
en cualquier caso manifestaciones de ideas o aspiraciones diversas, pero
mantienen una cierta cohesión interna que determina en la práctica unas
convergencias y aproximaciones en las manifestaciones legislativas
correspondientes.
El derecho de prevención y
los derechos a la seguridad
La
justicia y la seguridad son los principios orientados del derecho. Lo son
porque reflejan exactamente las dos principales aspiraciones de la persona como
miembro de un cuerpo social y de la sociedad misma.
La seguridad es simplemente la aspiración a
mantener incólumes los bienes jurídicos de que en un momento se disponen. En el
caso de los riesgos laborales, los bienes jurídicos son precisamente la
integridad corporal, la salud y la vida misma.
Pero
la aspiración de seguridad abarca muchos más aspectos de la realidad.
Encontramos por ejemplo, la normatividad sobre seguridad del tráfico mercantil,
la normativa sobre seguridad de la propiedad inmobiliaria de la propiedad
intelectual o industrial, etc, y si nos trasladamos a los bienes inmateriales
personales, encontraremos la normativa sobre protección a la intimidad, sobre
tratamiento de datos informativos, o en terrenos materiales, como la seguridad
vial.
En
esa línea conceptual, la normativa de prevención de riesgos laborales sería una
más de las regulaciones que buscan la seguridad. Sin que se pueda negar esa
apreciación es lo cierto que la normativa de prevención muestra un perfil
especial, singularmente reflejado en la circunstancias de que el deber de
garantizar la seguridad se impone a una persona determinada, como es
típicamente el empleador.
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