sábado, 14 de septiembre de 2013

el peligro y el riesgo

EL PELIGRO Y EL RIESGO


El trabajo

El trabajo puede ser definido como la realización de determinadas tareas en una ocupación concreta, sujeta a remuneración.
El concepto de trabajo socialmente ha ido evolucionando constantemente a lo largo del tiempo. Inicialmente solo se consideraba trabajo  a la actividad física, más adelante se distinguió el trabajo manual y trabajo intelectual.
La revolución industrial introdujo las maquinas en los procesos productivos, lo que hizo necesario que los trabajadores se adecuaran a las exigencias de las máquinas para aumentar su productividad.
La modalidad de trabajo ha cambiado por nuevas reformas de estructuras de organización, con demanda de conocimientos técnicos y profesionales, que liberan al hombre de las tareas más pesadas y rutinarias, debido al desempeño descentralizado en una determinada materia; ejemplo un técnico puede ser reemplazado por otro técnico para el mantenimiento de una máquina, además a ello se suma la especialización del trabajador.




El peligro

Toda propiedad potencialmente dañina, que está dentro de su cualidad producir riesgo. Capaz de producir efectos adversos que alteran el orden normal.
Las condiciones de trabajo
La constante e innovadora mecanización del trabajo, los cambios de ritmo, de producción, los horarios, las tecnologías, aptitudes personales, etc., generan una serie de condiciones que pueden afectar a la salud, son las denominadas Condiciones de trabajo, a las que podemos definir como «el conjunto de variables que definen la realización de una tarea en un entorno determinando la salud del trabajador en función de tres variables: física, psicológica y social»


Riesgo

Situación o acto en la  que exista alguna posibilidad de un determinado daño, como consecuencia de un evento identificado como peligro
Los riesgos laborales se diferencian por la gravedad del resultado del peligro, este supone tiempo y daño a la persona o grupo de personas, materiales o medioambiente.

El riesgo laboral

El riesgo ha existido siempre y se ha contemplado durante siglos como algo inherente a la actividad y al hecho mismo del trabajo. En consecuencia el riesgo laboral previa  a la actualidad, se considera como inevitable y consustancial a la propia actividad laboral, aceptándose  resignadamente la aparición de manifestaciones morbosas o la producción de accidentes, como un hecho inevitable y hasta natural.
Sim embargo el avance en la prevención de riesgos laborales avanza progresivamente

·  Conocimiento: Los avances en el conocimiento de los riesgos realmente existentes, especialmente en el aspecto de identificación de la peligrosidad de determinados agentes, este proceso es aplicable en el ámbito de las enfermedades profesionales, más que al de los accidentes

·     Protección: Los avances en el conocimiento de los medios de protección frente al riesgo laboral, que permitan reducir este en la actividad laboral.
Estas dos tendencias van a determinar que, por una parte se conozca e identifique el riesgo existente en la actividad laboral y , por otra una acción que permita  su eliminación o al menos su reducción a términos aceptables o tolerables.

De la evitalidad a la exigencia de la evitación

El riesgo laboral no es evitable, sino que es perfectamente posible evitarlo al menos en un grado que lo haga admisible para el sentimiento social imperante en cada momento.
Este cambio determina que pueda iniciarse una acción de prevención de los riesgos existentes. El salto cualitativo inmediato va ser el que supone que esa acción mas o menos voluntaria o convenida por empleadores y trabajadores, pasa a ser obligatoria.
Es la sociedad misma la que a través de las normas legales que recogen esa sensibilidad social, impone la existencia de una actividad concreta y eficaz de prevención de riesgos laborales.
En la misma línea no puede ocultarse el interés social en reducir los importantes gastos que a nivel colectivo  genera la siniestralidad y morbilidad laboral.

Evolución probable

El progreso en la prevención laboral  se manifiesta en los tiempos actuales como un salto hacia nuevas fronteras. La prevención no trata solamente de defender al trabajador frente a las amenazas del riesgo laboral, sino que trata de inculcar un resultado positivo de promoción de su salud e integridad en su desarrollo social, familiar y personal.

Convergencias y aproximaciones

La preocupación por la seguridad  y la salud de los trabajadores es una tendencia reciente y pujante que coincide con otras de parecido corte que también suponen un cierto enriquecimiento de la sensibilidad moral y social del hombre actual. Sin proyectarse sobre la misma realidad ni perseguir unos mismos fines, estas preocupaciones participan de una misma idea de perfeccionamiento de la vida social.
Como las restantes preocupaciones de la colectividad, preocupación por la seguridad y salud tiende a manifestarse a través de la creación de normas jurídicas.
Son en cualquier caso manifestaciones de ideas o aspiraciones diversas, pero mantienen una cierta cohesión interna que determina en la práctica unas convergencias y aproximaciones en las manifestaciones legislativas correspondientes.

El derecho de prevención y los derechos a la seguridad

La justicia y la seguridad son los principios orientados del derecho. Lo son porque reflejan exactamente las dos principales aspiraciones de la persona como miembro de un cuerpo social y de la sociedad misma.
 La seguridad es simplemente la aspiración a mantener incólumes los bienes jurídicos de que en un momento se disponen. En el caso de los riesgos laborales, los bienes jurídicos son precisamente la integridad corporal, la salud y la vida misma.
Pero la aspiración de seguridad abarca muchos más aspectos de la realidad. Encontramos por ejemplo, la normatividad sobre seguridad del tráfico mercantil, la normativa sobre seguridad de la propiedad inmobiliaria de la propiedad intelectual o industrial, etc, y si nos trasladamos a los bienes inmateriales personales, encontraremos la normativa sobre protección a la intimidad, sobre tratamiento de datos informativos, o en terrenos materiales, como la seguridad vial.
En esa línea conceptual, la normativa de prevención de riesgos laborales sería una más de las regulaciones que buscan la seguridad. Sin que se pueda negar esa apreciación es lo cierto que la normativa de prevención muestra un perfil especial, singularmente reflejado en la circunstancias de que el deber de garantizar la seguridad se impone a una persona determinada, como es típicamente el empleador.

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